Por: Alvaro Pardo*
Se nos creció el gringo
Gary
Drummond, un mediano productor de carbón en Alabama, Estados Unidos, suscribió
en 1988 con Carbocol el contrato de Aporte Minero 078 para operar La Loma,
cuyos términos y condiciones le permiten actuar en los departamentos de Cesar y
Magdalena como una república independiente, sin más leyes y normas que las que
la compañía misma establece y que el Estado debe respetar.
Con diez
años de anticipación, la compañía Drummond solicitó a la autoridad minera
renovar el oneroso contrato de Aporte Minero de La Loma, que vence en el 2019,
y que arrastra un enorme historial de irregularidades e infracciones a las
normas ambientales, y un ostensible desprecio por el entorno social, los
derechos humanos y la legislación laboral.
Con una
producción superior a los 23 millones de toneladas en el 2011, esta
compañía se ha convertido en la segunda carbonera más importante del país —
después de Cerrejón — a costa de transformar, en complicidad con el Estado, un
rico departamento agropecuario en un desierto en construcción.
Contrato leonino
Quienes
pensaban que Cerro Matoso era un modelo de lo que el país no debía hacer
en materia de contratación minera, están equivocados. Veamos algunas joyas del
contrato original y de los otrosíes que conforman el contrato 078 de 1988.
- A diferencia de todos los demás contratos mineros del país — que pagan regalías por la producción en boca de mina — Drummond logró pactar que las regalías se paguen por los volúmenes que embarcan. De manera que todo el carbón que se pierda en el proceso técnico, de transporte y de embarque corre por cuenta del Estado. Por ejemplo, el carbón que fue arrojado al mar el pasado 13 de enero es una pérdida para el Estado.
- Todas las cifras del contrato son presuntivas. Inversión presuntiva, ganancias presuntivas, costos presuntivos y fletes presuntivos. Sobre estas cifras presuntivas, se calcularon las regalías y se pagaron los impuestos; se permitió el uso de estos estimativos, porque “la empresa requiere tener suficiente flexibilidad técnica para su adecuado desarrollo”.
- Las regalías son del 15 por ciento sobre el precio FOB presuntivo. Además de ser presuntivas, las regalías no se pagan como en los demás contratos mineros — sino el primer 5 por ciento a los 30 días del embarque y el 10 por ciento restantes otros 30 días después. Una forma elegante de financiarse con recursos del Estado.
- Uno de los logros económicos más importantes para el país fue haber pactado una ganancia presuntiva equivalente a las ventas brutas de carbón menos los costos presuntivos y la renta de los activos. Como los costos presuntivos los estima Drummond, el Estado no ha recibido jamás un solo peso por este concepto.
- El precio FOB del carbón de Drummond se fijó inicialmente en relación directa con el precio FOB del carbón del Cerrejón. Sin embargo, desde cuando se enajenaron los intereses de la Nación en Cerrejón, el precio fue fijado durante varios años por la misma compañía. La autoridad minera ni se inmutó por el riesgo moral de la información, pese a que es una variable fundamental para calcular las regalías y pagar impuestos.
- Actualmente, las regalías se liquidan mediante una fórmula compleja, cuyas variables surgen sin que la autoridad minera las pueda fiscalizar. Las restricciones al acceso a la información son tan grandes, que la realidad contable de la operación está cubierto con un manto de confidencialidad.
- El contrato de La Loma se extiende hasta el 23 de febrero del 2019, y el mismo contrato establece la forma como se llevará a cabo la reversión gratuita de los bienes al Estado. Sin embargo, y pese a que no hay posibilidad de renovación, desde 2009 la compañía inició gestiones orientadas a lograr una nueva prórroga de 30 años, con la misma estrategia litigiosa, irregular y mañosa de Cerro Matoso.
- Entre los costos deducibles para obtener el precio FOB Boca de Mina se incluyen los costos operativos, hecho que es razonable y que se aplica a los demás contratos mineros. Pero Drummond logró también que se permitiera la deducción de costos no operativos, como amortizaciones y rendimientos sobre la inversión.
- En ocasiones, los costos operativos y no operativos fueron tan altos que superaron los precios de venta del carbón y el precio FOB Boca de Mina fue negativo. La autoridad minera no tiene forma de verificar esta información.
- Cuando Carbocol necesite revisar una información, designará una firma independiente, aceptable para Drummond, para verificar los pagos de las regalías, y podrá revisar todo, excepto la información de las actividades realizadas entre Drummond y las demás empresas de su grupo. Esa es la forma clásica de reducir los impuestos y regalías que pagan las multinacionales a los países pobres con recursos naturales no renovables.
- La información sobre embarques es provista por un certificador independiente, nombrado y pagado por Drummond. Toda la información relevante depende de la compañía y todo el contrato está diseñado para defender sus intereses económicos.
- Compras de carbón a terceros, mezclas de carbón en puertos, depreciación de bienes ya depreciados, venta de un porcentaje de los RNNR del Estado a la japonesa Itachu y tarifas férreas son temas también grises y confusos en este contrato. En tres auditorias, la Contraloría General de la República se llamó la atención sobre estos temas, pero ni empresa, ni autoridad minera, se dieron por enterados.
- En un ejercicio preliminar, la Contraloría General encontró que los costos de transporte por tonelada en tren eran inexplicablemente superiores al transporte terrestre. Por ese concepto, integrado a los costos operativos, el país habría dejado de recibir unos 60.000 millones de pesos en 2005.
En fin,
el análisis del contrato revela la gran debilidad negociadora del Estado; su
desmedido afán de atraer a cualquier costo a inversionistas extranjeros para
que, mediante la explotación acelerada de los recursos naturales no
renovables, se cree un flujo de caja representado por impuestos y regalías; el
poder de las multinacionales para imponer sus propias condiciones, desde luego
muy provechosas para los privados, y el profundo desprecio por todos los demás
aspectos del entorno minero: el medio ambiente, la comunidad, los trabajadores,
los derechos humanos y los poblados confinados.
En los Contratos
de Aporte firmados con Drummond, Cerro Matoso, Prodeco y Cerrejón, los
mayores productores de carbón y níquel, se manifiestan tanto el poder de las
multinacionales para diseñar un esquema contractual que les permite maximizar
sus ganancias como la ausencia de un Estado y una política minera que defienda
los intereses de los colombianos.
Un estorbo para la gran minería
Decenas
de estudios académicos, independientes y de los organismos de control coinciden
en el inmenso daño ambiental de las diversas operaciones de gran minería a
cielo abierto que se adelantan sin mayor control oficial en la zona central del
departamento de Cesar.
Al
proceso de desertización lo acompañan las corridas del río Calenturitas, la
desaparición de arroyos y de grandes superficies de vocación agrícola y
pecuaria, y las oleadas de polvillo de carbón que azotan la salud de niños y
ancianos,
A esto se
agrega la negativa de la compañía para tomar medidas que reduzcan la emisión de
polvillo del carbón durante la explotación y el transporte, así como la burla a
las normas que lo obligan al cargue directo del mineral en el puerto en Santa
Marta. El plazo para iniciar el cargue directo ha sido, inexplicablemente,
ampliado por el gobierno de 2010 [1] a 2014. Muchos apuestan a
que la compañía logrará una nueva extensión de este plazo.
El
reciente vertimiento de carbón al mar en inmediaciones de Ciénaga, cerca a
Santa Marta (un hecho que Sandra P. Vilardy
analiza en esta misma entrega de Razón Pública) es una
muestra más de su ineficiente sistema de carga, de la desidia frente al
ecosistema natural, del desconocimiento deliberado del procedimiento de manejo
de contingencias y de la falta de transparencia y ética empresarial.
No
obstante, el expresidente de Drummond, Augusto Jiménez, repite con frecuencia
que la minería en Colombia se está marchitando debido a las trabas de la
Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) a la ineficiencia de las
Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), a los indígenas que no dejan trabajar
y a las ONGs ambientalistas que le generan un mal ambiente al sector.
Sin
sonrojarse siquiera, repitió esta diatriba durante una cumbre de la gran
minería con presencia del presidente Santos el pasado 29 de enero, dos semanas
después del ecocidio frente a las playas de Santa Marta.
La
Drummond ha recibido varias multas por infracciones a
las normas ambientales:
- el 17 de julio del 2007, mediante resolución 1286 de 2007, el ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial impuso una multa por 140 millones de pesos, por contaminar el mar y por no haber tomado los correctivos correspondientes para el transporte adecuado del mineral.
- También en 2007, el mismo ministerio multó con 130 millones de pesos a American Port Company Inc. por exportar más carbón del autorizado;
- En 2008, la compañía debió pagar otra multa de 1.700 millones de pesos, por la construcción de corredores y vías sin licencia ambiental.
Con cara gana Drummond, con sello pierde el país
El
contrato original establece que cuando Drummond incumpla el contrato, si paga
la multa en los siguientes primeros diez días, el hecho no se considerará un
incumplimiento y no quedará registrado en el expediente.
Sin embargo,
cuando el incumplimiento es imputable al Estado, como fue el caso de Ferrovías,
Drummond no dudó en demandar ante la Cámara de Comercio Internacional de París,
pleito que ganó y que significó un costo de unos 60.000 millones de pesos para
la Nación. De acuerdo con los documentos disponibles sobre la materia y al
informe de Noticias Uno el pasado 9 de febrero, el gobierno pagó la multa a
Drummond el 28 de diciembre de 2012.
Otro tema
que llama la atención: Peter Burrowes, presidente de FENOCO entre junio de 2008
y agosto de 2012 — empresa que heredó la demanda de Drummond contra Ferrovías y
quien en ese periodo ha debido defender los intereses del Estado --, fue
nombrado en noviembre de ese mismo año Vicepresidente Ejecutivo de Drummond
Internacional. Aunque se alega que la puerta giratoria no tiene nada de ilegal,
por lo menos sí se nota un cierto grado de indelicadeza que deja mucho que
pensar.
“Estamos
muy orgullosos de nuestro historial en Colombia”, dijo Drummond en un
comunicado recientemente expedido, en el que además se declaran víctimas del
asalto intelectual de sus críticos. Este es el cinismo con que actúan en
Colombia estas compañías, especialmente las que conforman el gremio de la
Minería a Gran Escala.
Proven Excellence in Colombia
Pobladores
de El Hatillo, Plan Bonito y Boquerón esperan desde 2010 que Drummond, entre
otras, comiencen la ejecución del plan de reubicación para escapar de la
grave polución causada por la explotación de carbón a cielo abierto.
Confinados
en sus casas, presionados por montañas de material estéril, con problemas de
salud y sin alternativas de vida, los habitantes de las áreas de influencia
esperan que gobierno y compañías mineras se pongan de acuerdo para solucionar
este grave problema de confinamiento, una de las formas más atroces de
atropello a la comunidad.
Recientemente,
un juez penal condenó a 37 años de cárcel a un contratista de Drummond por el
asesinato de dos sindicalistas de la empresa en 2001. El condenado, Jaime
Blanco Maya, insiste en que la orden del asesinato provino de la cúpula de
Drummond. Según el artículo de El Nuevo Herald del 10 de febrero de 2013, el
juez ordenó a la Fiscalía investigar a Gary Drummond y a Augusto Jiménez.
Más de
400 trabajadores y extrabajadores con incapacidad por enfermedades
profesionales y asma ocupacional (sílice + carbonilla en los pulmones), hablan
mal del programa de salud ocupacional. Aquí el Ministerio de Salud ha sido el
gran ausente de esta problemática.
Más allá
de lo que pagan por regalías e impuestos, esta compañía — cuyo lema
es Proven Excellence in Colombia — ha resultado un auténtico desastre
para los colombianos. Ojalá la autoridad minera tuviera el valor civil de NO
renovar el contrato minero.
*
Director de Colombia Punto Medio
** Los
documentos utilizados en este artículo www.colombiapuntomedio.com
Tomado
de: http://razonpublica.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario