lunes, 7 de abril de 2014

17 de Abril


El reclamo campesino en el censo agrario

Campesinos del Cauca exigen que se les reconozca como sujetos de derecho, como sí ocurre con indígenas y afrodescendientes
Edinson Arley Bolaños / Lunes 7 de abril de 2014

En pleno desarrollo del Censo Nacional Agropecuario, y cuando parecía que los cuestionamientos iniciales que se le habían hecho por su implementación en plena campaña electoral estaban superados, el Gobierno tendrá que lidiar ahora con un reclamo que amenaza con frenarlo: el de los campesinos —principalmente de 13 organizaciones sociales del Cauca— que pusieron el grito en el cielo esta semana luego de conocer un borrador de la que sería la ficha con la que el DANE pretende recoger la información, ya que no se vieron incluidos en ella como un grupo significativo o sujetos de derecho, como sí ocurre con indígenas, afros, raizales y rom.
Esta situación, según ellos, es contraria a lo que les había prometido el presidente Juan Manuel Santos el año pasado —a través del viceministro de Relaciones Políticas del Ministerio del Interior, Juan Camilo Restrepo—, al expresar el 23 de noviembre, en una reunión, que el Gobierno no sólo iba a acatar la Declaración Internacional de Naciones Unidades de los Derechos de los Campesinos, sino también la sentencia T-763 de 2012, donde la Corte Constitucional calificó como “importante” el reconocimiento de la cultura campesina del país y planteó “la necesidad de proteger su acceso a la tierra y al territorio, y con ello, su forma de vida culturalmente diferenciada”.
La puja ha trascendido a tal punto que, según César William Díaz, vocero de la Mesa Campesina del Cauca, los campesinos de los 19 departamentos que participaron en el pasado paro agrario se sienten engañados hoy por el Gobierno, pues había un compromiso de reunirse previamente con el DANE para “construir un mecanismo de participación de diseño del instrumento del Censo Agropecuario, que incluyera al campesinado como un sujeto de derecho”, según consta en un acta firmada en noviembre de 2013.
Por eso, desde el 7 de enero, la Mesa Campesina ha enviado varios oficios al viceministro de Desarrollo Rural, Aníbal Fernández de Soto; al gerente del Incoder, Rey Ariel Borbón, y al director del DANE, Mauricio Perfetti, con el fin de que se tome la decisión de incluir definitivamente a los campesinos en la ficha del censo. La solicitud es que los dejen participar en las fases de diseño, aplicación, procedimiento, difusión de resultados y seguimiento de la información. En este sentido, piden la vinculación de tres profesionales definidos por la Mesa, con el fin de garantizar la “conceptualización del sujeto campesino y sus prácticas económicas, ambientales, sociales y culturales”, ítems que deberán quedar incluidos en la ficha del censo.
No obstante, el último desplante que les hizo el Gobierno, según denuncia el vocero de los campesinos del Cauca, lo sufrieron el pasado 18 de marzo, cuando se había citado a una reunión en las oficinas del DANE para definir esta situación, “pero el viceministro Fernández de Soto, quien debía presidir la reunión, llegó tarde y después se retiró del recinto”. La explicación que les dieron, cuenta César William Díaz, es que en este censo no los podían incluir porque no está claro el concepto “campesino”, lo cual genera inconsistencias técnicas.
“Ofrecieron contratarnos para que ayudáramos a hacer el censo, pero no nos interesan contratos para la parte operativa. Requerimos la inclusión del campesinado y participar en el diseño de la parte técnica, que implica ayudar a elaborar el formulario del censo, que sí es político y de reconocimiento de verdad a los campesinos”, enfatiza Díaz. Para los campesinos del Cauca, estos mensajes y la explicación del director del DANE en el sentido de que esa decisión era “meramente política” tienen otros intereses que se acercan a la reforma agraria que se haría luego de que las Farc despejen importantes territorios en disputa militar y donde todo está por explotar.
“La mejor manera que han planteado es proyectar, a través de la información que se recoja, la necesidad del modelo económico actual, del agronegocio, del monocultivo para la agroexportación y lo que llaman las alianzas estratégicas con el capital multinacional, y así darles respuesta aparentemente a los tratados de libre comercio”, agrega Díaz.
Así las cosas, la Mesa Nacional Agraria, que logró incorporar esta petición en el pliego de la pasada cumbre en Bogotá, ha dicho que, de no atenderse la propuesta, el Gobierno se verá sometido a dos iniciativas que las comunidades campesinas ya promueven: una acción de tutela, que será apoyada por la Procuraduría Judicial del Cauca, y el rechazo generalizado de la ficha con la que el DANE pretende realizar el Censo Nacional Agropecuario en los departamentos donde aún está pendiente, es decir, no se dejarán censar porque no se sienten identificados con la metodología que recoge la información.
De hecho, la semana pasada los campesinos del Cauca tomaron la decisión de empezar acciones contra el Gobierno Nacional al no acogerse la sentencia de la Corte Constitucional que, como lo reconoció en su momento el propio Incoder, empezó a llenar vacíos jurídicos en el país: “Los campesinos eran atendidos como beneficiarios de servicios y no como sujetos políticos con plenos derechos colectivos”, dijo en ese entonces Jenifer Mojica, subgerente de Tierras Rurales del Instituto. Pues apegados a esa jurisprudencia, que juega a su favor, la Procuraduría 39 Judicial Administrativa del Cauca, en cabeza del procurador Solís Ovidio Guzmán Burbano, le ratificó a El Espectador que está decidido a apoyar a los campesinos en lo que denominó una “justa reclamación de un sector que ha sido estigmatizado por años”.
Puntualmente, el procurador Guzmán recibió la semana pasada la queja en su despacho y de inmediato empezó a asesorar a los líderes campesinos, que desde días atrás habían radicado un derecho de petición, tanto en el Ministerio del Interior como en el de Agricultura, con el fin de que a más tardar esta semana el Gobierno definiera incluirlos explícitamente en la ficha del Censo Agropecuario, antes de ir a la vía judicial o incluso al rechazo del censo.
De acuerdo con Guzmán, esa vía judicial de inmediato cumplimiento es la tutela, por cuanto se presume se instaurará esta semana en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El Espectador conoció además que, luego de que el Gobierno conteste los oficios enviados (si la respuesta es adversa), el procurador Guzmán le pedirá vía libre y el respaldo al procurador general, Alejandro Ordóñez, para adelantar el proceso judicial. Lo que se plantea de aquí en adelante es un pulso entre un sector de los campesinos —claramente diferente a los cafeteros o los paperos, entre otros— y el Gobierno, que deberá tomar la decisión cuanto antes, sabiendo que cambiar a estas alturas la metodología es casi imposible y que sigue latente la amenaza de paro nacional agrario, anunciado para finales de este mes, en el que con seguridad estarán aquellos inconformes con el censo.
* ¿En qué va el censo?
Desde finales de noviembre del año pasado se inició en el país el Censo Nacional Agropecuario, el cual tiene como objetivo consolidar información estadística estratégica y actualizada del sector agropecuario, acuícola, forestal y de aspectos ambientales del país, algo que no se hacía desde hace 43 años.
Según las explicaciones de Mauricio Perfetti, director del DANE, la idea es “levantar información de áreas productivas, de producción, de inventarios, de acceso a crédito, del agua y de asistencia técnica, de si están asociados y de qué maquinaria utilizan. Vamos a conocer las condiciones de vida de la población campesina”.
Serán censados 3,9 millones de predios rurales, 182 territorios colectivos de comunidades negras y 770 resguardos indígenas. Hasta el momento, en lo recorrido de 2014, el cronograma avanza según lo previsto y se espera que la totalidad del proceso esté finalizado en julio.
Una primera fase de levantamiento de datos ya se terminó en Quindío y norte del Tolima, y está en desarrollo en Atlántico y Risaralda. La segunda fase se adelantará en el resto del país con recorridos predio a predio, y la tercera en los municipios con grandes extensiones territoriales donde están ubicadas las comunidades indígenas y los territorios colectivos de comunidades negras.
En octubre se publicarán los primeros resultados, a partir de los cuales el Gobierno espera construir una política integral del sector agro.
* “El censo permitirá definir al campesino”: Mauricio Perfetti, director del DANE
El director del DANE, Mauricio Perfetti, negó haber dicho que el tema del reconocimiento de los campesinos en el censo agrario era una cuestión política e hizo un llamado para construir entre todos esa definición, a partir de la información que arroje el proceso.
“Es un tema complejo y no se puede tomar ‘a priori’. Por ejemplo, ellos dicen que es fácil y que campesino es el que tiene menos de 5 hectáreas. ¿Y aquel que tenga 6 hectáreas queda excluido? El formulario hace preguntas en temas claves que nos van a permitir llegar no a una, sino a distintas definiciones de campesino”, le dijo Perfetti a El Espectador.
Sobre la posibilidad de que el proceso sea suspendido vía tutela, expresó que espera que no se llegue a esas instancias, pues sería un “contrasentido”, pues son 44 años sin tener un censo de esta magnitud, en el que se incluyen preguntas con una análisis sociodemográfico de la población campesina.
Por su parte, el viceministro de Desarrollo Rural, Aníbal Fernández de Soto, enfatizó que lo que se está haciendo no es un censo poblacional y que se ha invitado a los campesinos a hacer un ejercicio conjunto de interpretación de los resultados para definir programas y estrategias de cara al posconflicto, y hacer un campo mejor. El objetivo, dice, es ponerse de acuerdo entre todos.
* Una disputa que también es territorial
Más allá de los conceptos culturales, es claro que las diferencias entre campesinos, afros e indígenas tiene un trasfondo de tipo territorial.
Precisamente en el Cauca se han dado choques entre indígenas y campesinos, donde comunidades se han enfrentado a piedras, palos y machetes por el dominio de predios. Sucedió, por ejemplo, en zona rural de Cajibío, norte del departamento, en la finca Los Naranjos, jurisdicción del resguardo de Gebalá, y la finca La Alzacia, situada en la vereda Octavio, en una zona rural de Piendamó.
En ambos casos los indígenas llegaron sorpresivamente y luego de entablar fuertes discusiones, empezaron a destruir lo que encontraban a su paso. Luego vinieron los enfrentamientos, con heridos de ambos bandos.
El Gobierno tiene claro que cada grupo tiene su propia concepción del territorio y a partir de ahí los indígenas tratan de ampliar sus resguardos, los afros consolidar sus consejos comunitarios y los campesinos sus zonas de reserva.
@abolanos89

Tomado de:Prensa Rural

Samper acusa al Procurador por suspensión de la declaratoria de la Zona de Reserva Campesina del Catatumbo

Ernesto Samper acusó al Procurador de tener intereses detrás del proceso que suspendió la declaratoria de Zona de Reserva Campesina en el Catatumbo
La F.M. / Lunes 7 de abril de 2014

A través de un comunicado a la opinión pública, firmado por los garantes del cumplimiento de los acuerdos pactados entre el Gobierno Nacional y los líderes de la protesta de la región del Catatumbo, en Norte de Santander, el expresidente liberal Ernesto Samper, acusó al procurador general, Alejandro Ordóñez, de tener intereses detrás del proceso que suspendió hace unos días la declaratoria de Zona de Reserva Campesina, en esa región del país.
En el documento, firmado también por el legislador Iván Cepeda y por el padre Francisco de Roux, Samper calificó de preocupante la intervención de Ordóñez en dicho proceso.
"Lo hizo a través de un control de advertencia que pretende impedir la aprobación de la Zona, so pretexto de una acción de tutela interpuesta por la comunidad Natubaiyibari ante el Tribunal Superior de Bogotá, cuyas pretensiones ya habían sido resueltas por el Ministerio del Interior. Estas circunstancias, movidas por intereses e interesados que están aún por establecerse, han conseguido enfrentar de manera irresponsable dos comunidades sociales marginadas del área del Catatumbo y colocar en interinidad los propios diálogos entre el sector campesino de la región y el gobierno nacional", señala el exmandatario liberal.
Frente a otro proceso que cursa trámite en la Corte Constitucional, al cual apeló la cabeza del Ministerio Público para solicitar al Incoder y a los representantes del gobierno que se abstuvieran de declarar la ZRC en el Catatumbo, Samper añadió que "la capacidad administrativa del Gobierno no puede quedar condicionada a supuestas decisiones futuras de órganos jurisdiccionales".
En este sentido, en el documento, los garantes le solicitan al Consejo del INCODER que, sin perjuicio de lo que resuelva el Tribunal Superior de Bogotá sobre el caso y atendiendo el carácter no vinculante del concepto del Ministerio Público y la existencia de mecanismos administrativos y expeditos para la protección de la Comunidad Bari, como la sustracción de espacios de tierras que pueden ser sometidos a consultas previas, avance en la consideración de la aprobación de la ZRC del Catatumbo.
Lea el documento completo:
DECLARACIÓN SOBRE LOS ACUERDOS DEL CATATUMBO
Tras reunirnos con las comunidades campesinas del Catatumbo, con gran preocupación observamos con los garantes Iván Cepeda y Francisco de Roux, los tropiezos encontrados la semana pasada en el proceso de aprobación de la ZONA DE RESERVA CAMPESINA DEL CATATUMBO, cuya tramitación forma parte de los Acuerdos Básicos suscritos hace varios meses entre el Gobierno Nacional y la Asociación de Campesinos del Catatumbo (ASCAMCAM), para levantar el paro campesino en dicha región.
Al respecto nos permitimos plantear ante la opinión pública las siguientes
CONSIDERACIONES:
1. El trámite de la ZONA DE RESERVA CAMPESINA DEL CATATUMBO fue iniciado antes del conflicto campesino en el área y se encuentra en su fase final de aprobación.
2.Las ZONAS DE RESERVA CAMPESINA son un instrumento legal válido, de organización territorial campesina establecido por la Ley 160 de 1994, que tiene el propósito de asegurar la presencia social e institucional del Estado colombiano, particularmente en las zonas de violencia. Esta figura ha permitido la creación desde entonces de seis zonas de reserva, con una extensión de casi un millón de hectáreas donde habitan más de 100.000 campesinos.
3. Resulta por ello muy preocupante la intervención la semana pasada del Procurador General de la Nación. Lo hizo a través de un control de advertencia que pretende impedir la aprobación de la Zona, so pretexto de una acción de tutela interpuesta por la comunidad Natubaiyibari ante el Tribunal Superior de Bogotá, cuyas pretensiones ya habían sido resueltas por el Ministerio del Interior, el cual verificó la no existencia de comunidades étnicas en el área, solicitada por los campesinos. La aprobación de la Zona de Reserva se encontraría, además, según el señor Procurador, sujeta a un fallo aún no proferido por la Corte Constitucional, que tiene en entredicho otras formas de organización territorial contempladas en la Ley 160, como las zonas de reserva campesina, las zonas de desarrollo empresarial y las zonas de colonización. La capacidad administrativa del Gobierno no puede quedar condicionada a supuestas decisiones futuras de ´órganos jurisdiccionales.
4. Estas circunstancias, movidas por intereses e interesados que están aún por establecerse, han conseguido enfrentar de manera irresponsable dos comunidades sociales marginadas del área del Catatumbo y colocar en interinidad los propios diálogos entre el sector campesino de la región y el gobierno nacional.
Teniendo en cuenta estos antecedentes nos permitimos proponer las siguientes
ACCIONES:
1. Solicitar al Consejo del INCODER que, sin perjuicio de lo que resuelva el Tribunal Superior de Bogotá sobre el caso y atendiendo el carácter no vinculante del concepto del Ministerio Público y la existencia de mecanismos administrativos y expeditos para la protección de la Comunidad Bari, como la sustracción de espacios de tierras que pueden ser sometidos a consultas previas, avance en la consideración de la aprobación de la ZRC del Catatumbo.
2. Solicitar a la Corte Constitucional que acelere el examen de la constitucionalidad de los artículos demandados de la Ley 160 de 1994, teniendo en cuenta el principio de progresividad constitucional en materia de derechos económicos, sociales y culturales, que prohíbe disminuir las condiciones de una comunidad para beneficiar a otra también desfavorecida.
3. Tratándose de dos comunidades hermanas, que tienen una estrecha y especial relación con la tierra, las invitamos a encontrar salidas conjuntas a sus diferencias, sin caer en la trampa de oscuros intereses económicos e ideológicos que se benefician de su distanciamiento.
4. Invitar a ASCAMCAM como legítima vocera de los intereses campesinos en el Catatumbo y al Gobierno Nacional para seguir dialogando en la Mesa, alrededor de los puntos convenidos en el Acuerdo de la Aduana.

ERNESTO SAMPER PIZANO
FRANCISCO DE ROUX
IVÁN CEPEDA

Tomado de: Prensa Rural

miércoles, 2 de abril de 2014

Zona de reserva campesina del Catatumbo no afecta derechos del pueblo Barí

La Asociación Campesina del Catatumbo ha venido trabajando con la comunidad barí. No está probado el daño inminente, el riesgo, ni la vulneración de derechos fundamentales indígenas. El pueblo barí está en diálogo con el Estado para la ampliación de su resguardo y nuestra solicitud ha reconocido y respetado sus derechos. 
Asociación Campesina del Catatumbo - Ascamcat / Miércoles 2 de abril de 2014

Mapa Polígono Solicitado para la ZRC


En relación con la solicitud de medida cautelar de suspender la aprobación por parte del Incoder del acuerdo de constitución de la Zona de Reserva Campesina del Catatumbo “en aras de evitar un perjuicio irremediable a los derechos fundamentales al territorio, la cultura, el debido proceso y la consulta previa”.

Manifestamos que:
No está probado el daño inminente, el riesgo, la vulneración de derechos fundamentales indígenas del Pueblo Barí.

Consideramos que no es procedente en este caso la acción de tutela, porque el Pueblo Barí, por un lado, no solo cuenta con otros recursos idóneos efectivos y mecanismos de protección y de participación ante las entidades competentes, para hacer valer sus derechos. Sino que es claro que la Corte Constitucional ha precisado que la solicitud de protección de los derechos fundamentales por vía de tutela, exige al peticionario probar, al menos de manera sumaria, los hechos que demuestran o permiten deducir que se encuentra expuesto a una amenaza.
Es por ello, que debe acreditar la naturaleza e intensidad de la amenaza respecto de la cual se pide protección; y que se encuentra en una situación de vulnerabilidad o especial exposición a la materialización del inicio del daño consumado.

Esto conlleva por parte de las autoridades competentes, a identificar el tipo de amenaza que se cierne sobre la persona y definir de manera oportuna las medidas y medios de protección específicos, adecuados y suficientes para evitar la consumación de un daño, especialmente cuando se trata de personas que por su actividad misma están expuestas a un nivel de amenaza mayor, como sería el caso de los defensores de derechos humanos, altos funcionarios, periodistas, líderes sindicales, docentes en zona de conflicto, minorías políticas o sociales, reinsertados, personas en condiciones de indigencia, desplazados por el conflicto armado, personas privadas de la libertad, soldados que prestan servicio militar obligatorio, niños y niñas y sujetos de un especial grado de protección por su notoria situación de indefensión, etc. y como hemos expuesto en esta caso no ha ocurrido nada similar, todos los habitantes del Pueblo Bari, sus 23 comunidades, sus resguardos, sus resoluciones de reserva indígena, nada de ello se ve amenazado con la constitución de la ZRRC, en la zona donde inicialmente se aspira que el Incoder la apruebe, el Pueblo Barí no tiene aspiraciones de ampliación de resguardo, con su constitución lejos estamos de pensar que va a ver una amenaza a los derechos del Pueblo Barí, por el contrario también buscamos la protección del territorio frente a las graves amenazas mineras, del mapa de la guerra y del desarrollo que nunca tiene en cuenta ni a indígenas ni a campesinos, es una figura más de protección como lo es también el Parque Natural y la Zona de Reserva Forestal.
Por ejemplo es importante tener en consideración en relación con el derecho de Prevención como incluso la jurisprudencia del Consejo de Estado lo ha mencionado en las acciones populares tienen como objetivos “evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible”, y su procedencia está sujeta a que se presente: “a) una acción u omisión de la parte demandada, b) un daño contingente, peligro, amenaza, vulneración o agravio de derechos o intereses colectivos, peligro o amenaza que no es en modo alguno el que proviene de todo riesgo normal de la actividad humana y, c) la relación de causalidad entre la acción u omisión y la señalada afectación de tales derechos e intereses”.

A su turno, la procedencia de la acción de tutela para la protección de intereses y derechos colectivos es excepcional, pues dada la existencia de procedimientos legales idóneos para su defensa, en los cuales se puede llevar a cabo un amplio debate probatorio y buscar las medidas para una adecuada protección a derechos que se caracterizan por su naturaleza difusa (titularidad individual y colectiva), la obligatoriedad de su defensa por parte de todos los niveles de la comunidad (particulares, empresas, autoridades públicas y comunidad internacional), y la necesidad de adoptar un enfoque de prevención, hace que la participación del juez de tutela se encuentre plenamente limitada a perseguir la protección de posiciones subjetivas de derechos fundamentales que se encuentren amenazadas, y esta situación en este caso no ocurre.
También en variados pronunciamientos se ha establecido que la acción de tutela se configura como el mecanismo judicial idóneo para solicitar el amparo de los derechos fundamentales pero debe llegarse a tal apreciación por el hecho de predicarse la titularidad de una especial protección constitucional teniendo en cuenta:

(i) las circunstancias particulares de vulnerabilidad, que como vimos incluso en el escrito de tutela, no ha existido porque el pueblo Barí ha venido participando, exigiendo sus derechos, reclamando su territorio, etc.
(ii) el estado de indefensión y debilidad manifiesta en que se encuentren, esto no se da tampoco en este caso porque el Pueblo Barí tiene y ha tenido desde hace varios años un proceso de visibilidad, de reconocimiento, de protagonismo, especialmente por la lucha que adelantaron en caso contra Ecopetrol por el caso Álamo Uno y su territorio, gozan de acompañamiento de entidades nacionales e internacionales, de apoyo de varias entidades, incluso del Ejercito Nacional Fuerza de Tarea Vulcano, Administraciones Municipales, no son un pueblo indígena indefenso, vulnerable ni en riesgo de desaparecer.
(iii) ante la necesidad de brindar una protección urgente e inmediata en procura de que les sean garantizadas unas condiciones mínimas de subsistencia y dignidad; como mencionamos que se constituya la ZRCC en el Municipio de Tibú no es una razón para argumentar una protección urgente e inmediata, ellos están en el dialogo con el Estado para la ampliación de su resguardo y nuestra solicitud ha reconocido y respetado sus derechos.

La Corte ha señalado que resulta contrario a los postulados del Estado Social de Derecho exigir el agotamiento previo de acciones y recursos al interior de la jurisdicción ordinaria como condición para la procedencia del mecanismo de amparo constitucional.
Por tanto exigimos:

1. Reconocer la legitimidad e interés que le asiste a la Asociación Campesina del Catatumbo en el trámite de la presente tutela, ya que es el solicitante de la ZRCC y en la organización que ha venido dialogando, trabajando conjuntamente y haciendo acuerdos con el Pueblo Barí, siempre reconociéndolos y respetando sus derechos; y de ser necesario como prueba escuchar a integrantes de su directiva y equipo técnico, para aclarar o complementar la información que considere necesario sobre el escrito presentado.
2. No conceder la tutelar a favor del Pueblo Barí; ya que se expuso de manera clara, completa y suficiente, en este caso no ha existido una violación o vulneración de sus derechos, no existe una amenaza y no se está produciendo un daño irreparable ni se configura un riesgo, así como tampoco una violación a sus derechos fundamentales.
3. Ordenar al Incoder continuar con el trámite administrativo y legal de constitución de la ZRCC del Catatumbo, en las áreas en las que ya se ha certificado la no hay presencia del Pueblo Barí, áreas en las que no existe tampoco ni zona de resguardo, ni de reserva indígena, ni tampoco está dentro de las aspiraciones de ampliación de resguardo.
4. Ordenar a las entidades competentes acompañar el proceso de diálogo intercultural entre campesinos e indígenas en la Región del Catatumbo, a fin de que sus derechos y sus expectativas territoriales, sean respetadas y protegidas, y promover acciones democráticas, incluyentes y participativas, que busquen no solo espacios de dialogo, sino de acuerdo y de salidas y soluciones pacíficas.
5. Que frente a la petición primera y tercera del solicitante, no sean acogidas, ya que la posible aprobación de la zona de reserva campesina del circuito de Tibú no afectaría ni invadiría las zonas donde está constituido el resguardo indígena Motilón Barí o Catalaura, ni se traslaparía con los planes de ampliación de dichos resguardos.
Solicitamos se tengan como medios de prueba los siguientes documentos:
· Acta de acuerdo del 4 y 5 de diciembre del 2012 firmada entre el pueblo motilón Barí y Ascamcat
· Borrador de Resolución de Constitución de Zona de Reserva Campesina para el Circuito de Tibú.
· Mapas de la delimitación y propuesta de constitución de Zona de Reserva Campesina del circuito de Tibú.


Tomado de: prensarural.org

martes, 1 de abril de 2014

17 de Abril - Día Internacional de las Luchas Campesinas en Defensa de las Semillas Campesinas

Compartimos con ustedes:

Las campesinas y los campesinos articulados en la La Vía Campesina convocamos este 17 de Abril, al día de acción y movilización global en defensa de las luchas campesinas con un énfasis en las semillas campesinas.

Las semillas tienen un lugar fundamental en la lucha por la soberanía alimentaria. De ellas depende, a cada ciclo de siembra, el alimento de los pueblos, cómo se cultiva y quién lo cultiva. Las semillas también transmiten la visión, los saberes, las prácticas y la cultura de las comunidades campesinas.

Desde hace 100 años nuestras semillas han sido agredidas por capitales quienes buscan privatizarlas y estandarizarlas a favor de una agricultura industrial. En los últimos años se ha intensificado este despojo a través de nuevas ‘Leyes Monsanto’ que criminalizan a los campesinos por utilizar sus propias semillas a favor de semillas registradas o patentadas de la industria y través de los transgénicos.

Sin embargo, en África, Asia, Europa y las Américas, cada año crece y se fortalece la capacidad de movilización y lucha de los pueblos organizados en contra de la agroindustria que genera explotación y muerte, que acapara la tierra, envenena los alimentos y expulsa a los y las campesinos, y pueblos indígenas de sus territorios. En Colombia hubo un paro nacional cuando el gobierno aprobó una ley que permitió destruir semillas campesinas por no estar registradas y en México una huelga de hambre frente al intento de permitir la siembra de maíz transgénico. En toda África las comunidades campesinas luchan en contra de una nueva ‘revolución verde’ que quiere imponer transgénicos y semillas industriales. En todos los continentes luchamos por nuestras semillas que nos permiten una agricultura sana, rica en diversidad y que nos permite verdaderamente enfrentar al cambio climático.

Luchamos en defensa de las semillas campesinas porque ellas son esenciales para una reforma agraria integral y de nuestro modelo de agricultura basado en la producción agroecológica. Las semillas campesinas son un patrimonio de los pueblos en la afirmación de la Soberanía Alimentaria. Son parte de los bienes comunes como la tierra, el agua y los minerales que deben permanecer en manos de los pueblos.

En nuestra Jornada también denunciaremos a las transnacionales, al agronegocio, el uso de agrotóxicos y transgénicos. Asimismo, rechazamos todo intento de represión, criminalización de la protesta, penalización y muerte. Continuaremos luchando para transformar todo aquello que nos oprime, domina y somete. Nuestra lucha crece, se fortalece, y frente a cada clamor del pueblo, desarrollaremos indignación, solidaridad, internacionalismo y Lucha.

Desde 1996 en memoria de la masacre de 19 campesinos sin tierra de Brasil que fueron brutalmente asesinados por la policía military por intereses del agronegocio, La Vía Campesina declaró el 17 de abril como día mundial de las luchas campesinas, organizando acciones que visibilizan las distintas luchas que se dan en los territorios. A la vez se busca generar un dialogo con la sociedad en la edificación de una gran alianza internacional por la soberanía de nuestros pueblos, en la en la construcción de un modelo de agricultura y sociedad que rescata la justicia y dignidad humana.

La Vía Campesina Internacional hace un llamado a todas sus organizaciones miembros, amigos y aliados a realizar acciones en sus países y territorios para reforzar esta lucha global. Estas pueden ser movilizaciones, tomas de tierras, intercambio de semillas, ferias de soberanía alimentaria, foros sobre las semillas y la soberanía alimentaria, eventos culturales, etc. Les pedimos que registren estas acciones enviándonos información sobre ellas para que de esta manera podamos visibilizar esta gran jornada mundial de lucha. Publicaremos un mapa de acciones en todo el mundo en www.viacampesina.org
Globalicemos la lucha! Globalicemos la Esperanza!

- Vía Campesina TV: Envíanos fotos,afiches, audios y vídeos de las luchas campesinas en sus territorios o de las acciones que hagan el 17 de Abril a lvc-communication@viacampesina.org
- Sus comunicados, declaraciones, artículos y acciones para que sean publicados en nuestra web www.viacampesina.org enviar a lvcweb@viacampesina.org
- Suscríbete a nuestra lista de correo especial, enviando un mensaje en blanco a via.17april-suscribe@viacampesina.net
- Participa en nuestro evento en Facebook

Tomado de: http://tv.viacampesina.org/


Piedras en el Zapato - Documental anti-minero del Tolima


El Pueblo del Tolima y de Colombia se pronuncia y dice NO a la megaminería
Tomado de: SALMONURBANOTV